Decisión nº: 003960

En octubre de 2013, el Consejo Administrativo del Fondo de 1971 decidió que la demanda presentada por tres empresas dedicadas a la elaboración de pescado ante el Tribunal Supremo (Sala Político-Administrativa) por lucro cesante respecto del siniestro del Nissos Amorgos no se había demostrado, y dio instrucciones al Director para que no pagara indemnización alguna en relación con esta demanda y para que cesara la defensa del Fondo de 1971 ante los tribunales.

Fecha: 24.10.2013
Categoría: Pagos de indemnización
Subject: Autorización para resolver reclamaciones