Decisión nº: 003706

En junio de 2010, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 recordó que, en marzo de 2009, el Juzgado de lo Penal de Corcubión (España), que había iniciado una investigación sobre la causa del siniestro para determinar si podía derivarse responsabilidad penal de los hechos, había dictado una resolución judicial en la que declaraba concluida la fase de instrucción del caso; que, en la resolución judicial, el juzgado había exonerado de responsabilidad al funcionario que había intervenido en la decisión de no autorizar la entrada del Prestige en un puerto de refugio de España y que el juzgado había decidido continuar el proceso contra el capitán, el primer oficial y el jefe de máquinas del Prestige. Se recordó que algunas partes en el proceso penal habían apelado contra esta decisión, solicitando que el Tribunal de Apelación declarase nula la resolución sobre la ausencia de responsabilidad del funcionario antes mencionado. Se recordó además que el Gobierno francés también había presentado una apelación en la que solicitaba que se iniciasen procesos en contra de varios empleados de la American Bureau of Shipping, la sociedad de clasificación que había certificado el Prestige. El Comité recordó que, en octubre de 2009, el Tribunal de Apelación había invalidado la resolución del Juzgado de lo Penal y había reabierto el proceso contra el funcionario antes mencionado. El Comité Ejecutivo tomó nota de que, en mayo de 2010, el Juzgado de lo Penal de Corcubión había declarado concluida la instrucción del caso.

Fecha: 31.05.2010
Categoría: Acciones judiciales
Subject: Procedimientos penales