Decisión nº: 002783

En octubre de 2001, la Asamblea del Fondo de 1992, tomando nota de que el 3er Grupo de trabajo intersesiones había convenido en que debía examinarse lo que podía conseguirse dentro de la definición vigente de ‘daños por contaminación’ en lo que se refiere a la admisibilidad de las reclamaciones por restauración del medio ambiente y por los costes de estudios del impacto ambiental, examinó las propuestas de nuevos criterios de admisibilidad. La Asamblea señaló que, aunque una gran mayoría era partidaria de las propuestas, un número considerable de delegaciones había expresado dudas con respecto al texto de los criterios propuestos sobre las medidas de restauración. La Asamblea decidió que, por esta razón, se remitiría la cuestión al Grupo de trabajo para que la examinase más a fondo con miras a que la Asamblea adoptase una decisión en su siguiente sesión.

Fecha: 30.09.2001
Categorías: Daños al medio ambiente, Estudios posteriores al derrame
Subjects: Criterios de admisibilidad, Reclamaciones por costes de medidas de restauración, Criterios de admisibilidad de las reclamaciones, Reclamaciones por costes de estudios de impacto ambiental