Decisión nº: 002758

En octubre de 2000, la Asamblea del Fondo de 1992 decidió enmendar el artículo 3 de su Reglamento interior para reflejar el hecho de que, como el Fondo de 1992 ya no se encontraba en la sede de la OMI, ya no se podía disponer que la Asamblea celebrase sus sesiones en la sede del Fondo, y también que el Fondo ya no se comunicaba por télex, sino por correo electrónico como alternativa al telefax.

Fecha: 30.09.2000
Categorías: Cuestiones relativas al procedimiento, Reglamentos
Subjects: Reglamento interior, Reglamento interior