Decisión nº: 001579

En mayo de 2004, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 decidió que, como las pruebas aportadas por las autoridades de Bahrein señalaban de modo contundente que la fuente de contaminación procedía de un ‘buque’ tal como se define en los Convenios de 1992, las reclamaciones derivadas del siniestro estaban cubiertas por el Convenio del Fondo de 1992 y que las reclamaciones de las autoridades de Bahrein eran admisibles en principio.

Fecha: 30.04.2004
Categorías: Aplicación de los Convenios, Pagos de indemnización
Subjects: Aplicabilidad del Convenio del Fondo de 1992 a los daños debidos a la contaminación causada por derrames procedentes de fuentes no identificadas, Autorización para resolver reclamaciones