Decisión nº: 001389

En octubre de 2002, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que, en junio de 2002, la República Federal de Alemania había entablado una acción contra el Fondo de 1992 a fin de impedir que caducara su reclamación contra el Fondo al expirar el plazo de seis años a partir de la fecha del siniestro tal como se indica en el artículo 6 del Convenio del Fondo de 1992. También se tomó nota de que el Fondo había solicitado al tribunal que suspendiera el proceso respecto a esta acción, en espera del resultado de la acción de la República Federal de Alemania contra el propietario del buque/asegurador.

Fecha: 30.09.2002
Categorías: Aplicación de los Convenios, Acciones judiciales
Subjects: Aplicabilidad del Convenio del Fondo de 1992 a los daños debidos a la contaminación causada por derrames procedentes de fuentes no identificadas, Acción directa contra los aseguradores, Acciones judiciales contra los propietarios de buques