Decisión nº: 004092

En la sesión de abril de 2016, la Presidenta del Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que la delegación de España había emitido una declaración respecto al siniestro del Prestige en la que indicaba su opinión de que la sentencia del Tribunal Supremo español no contradecía los Convenios y en la medida en que había opiniones divergentes, esa delegación consideraba que se había realizado una interpretación incorrecta de la sentencia. La Presidenta tomó nota también de que la delegación había aclarado la naturaleza y el razonamiento de los procedimientos penales y civiles en los tribunales españoles. Esta opinión fue respaldada por una delegación que subrayó la importancia de reconocer las decisiones de los tribunales nacionales. Sin embargo, la Presidenta tomó nota de que varias delegaciones compartían las inquietudes expresadas por el Director y el International Group y que dichas delegaciones subrayaban la importancia de garantizar la eficacia del régimen internacional, teniendo presente que en este caso puede ser una cuestión de interpretación más que la implantación del convenio.

Fecha: 26.04.2016
Categoría: Acciones judiciales
Subject: Acciones judiciales contra los propietarios de buques