Decisión nº: 004090

En su sesión de abril de 2016, los órganos rectores tomaron nota de que, con respecto al siniestro del Plate Princess (un siniestro del antiguo Fondo de 1971), el 2 de septiembre de 2015, el Sindicato Único de Pescadores de Puerto Miranda había solicitado la autorización del Tribunal de Apelación para apelar contra la sentencia de julio de 2015 dictada por el Tribunal Superior inglés respecto a este siniestro y que, en septiembre de 2015, el Fondo de 1992 había presentado una exposición de razones por las que debía denegarse la autorización. El 9 de febrero de 2016, el Tribunal de Apelación había rechazado la solicitud de autorización para apelar del Sindicato Único de Pescadores de Puerto Miranda ya que, a su juicio, no tenía ninguna posibilidad real de éxito, ya que los motivos aducidos por el Juez en su sentencia de julio de 2015 eran acertados. Sin embargo, el Sindicato Único de Pescadores de Puerto Miranda aprovechó el derecho a solicitar al Tribunal de Apelación una audiencia oral para que reconsiderase la negativa del Juez de conceder la autorización para apelar y, a principios de marzo de 2016, el Tribunal de Apelación informó que la audiencia tendría lugar el 26 de octubre de 2016.

Fecha: 26.04.2016
Categoría: Acciones judiciales
Subject: Enforceability of judgements