En su sesión de abril de 2015, el Consejo Administrativo del Fondo de 1992 decidió enmendar los artículos 3, 4, 5, 6 y 32 del Estatuto del Personal con el fin de eliminar las referencias al Fondo de 1971 en los casos en que ya no sean necesarias.
Tomó nota asimismo de que se habían aportado enmiendas a los artículos I.4 b) y e), VIII.3 a) y VIII.4 del Reglamento del personal para suprimir las referencias al Fondo de 1971 que ya no eran necesarias.