Decisión nº: 003980

En mayo de 2014, el Consejo Administrativo del Fondo de 1971 tomó nota de la información facilitada por el Director respecto al siniestro del Plate Princess, en particular que en febrero de 2014, el Tribunal de Primera Instancia Marítimo de Caracas había presentado una petición a los tribunales del Reino Unido solicitando su asistencia para la notificación del fallo dictado por los tribunales venezolanos con respecto a la demanda del Sindicato Único de Pescadores de Puerto Miranda contra los FIDAC. Se tomó nota además de que la petición incluía una orden de embargo de activos de los FIDAC, aunque no precisaba si se refería al Fondo de 1971, al Fondo de 1992 o a ambos. El Consejo Administrativo tomó nota de que, en la reunión de mayo de 2014 de los órganos rectores, aún no se había notificado la orden al Fondo de 1971. El Consejo Administrativo pidió al Director que le informara en su siguiente sesión sobre la respuesta del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Commonwealth con respecto a la cuestión de los privilegios e inmunidades y que informara al Fondo de 1992 de qué modo podrían afectarle las sentencias dictadas por los tribunales venezolanos.

Fecha: 08.05.2014
Categoría: Acciones judiciales
Subject: Enforceability of judgements