Decisión nº: 003826

En octubre de 2011 el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que, el 14 de octubre de 2011, el Director en funciones había firmado, en nombre del Fondo de 1992, un acuerdo global respecto al siniestro del Erika con Steamship Mutual (actuado en nombre propio y también en nombre de los intereses del propietario del buque), RINA y Total. El Comité tomó nota de que el principal objetivo del acuerdo global era asegurar que las partes civiles a las que la sentencia del Tribunal de lo Penal de Apelación de París había otorgado indemnización, la recibiesen lo antes posible, y que la inmensa mayoría de las partes civiles habían aceptado recibir indemnización.
En octubre de 2011 el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que, conforme al acuerdo global, el Fondo de 1992 continuaría tramitando las 13 acciones judiciales pendientes incoadas contra él por un total de unos €19,9 millones y pagaría conforme a las sentencias. Se tomó nota además de que, como resultado del acuerdo global y de las diversas contribuciones de las partes en el acuerdo, el Fondo de 1992 podría reembolsar a sus contribuyentes.

Fecha: 27.10.2011
Categorías: Pagos de indemnización, Acciones judiciales
Subjects: Acuerdos globales, Acuerdos transaccionales