Decisión nº: 003761
En octubre de 2010, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 recordó que tanto Samsung C&T como SHI habían presentado instancias impugnando la jurisdicción del tribunal de Ningbo y, en el caso de SHI, impugnando el embargo, y que, en respuesta a las instancias, se habían presentado alegatos en nombre del Fondo de 1992, una vez que el Fondo de 1992, el propietario y las aseguradoras del Hebei Spirit habían incoado acción de recurso contra aquellas. El Comité Ejecutivo tomó nota de que, en septiembre de 2010, el Tribunal Marítimo de Ningbo había desestimado las objeciones de Samsung C&T y SHI a su jurisdicción en ambas acciones de recurso.