Decisión nº: 003747

En marzo de 2011, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 decidió no autorizar al Director a efectuar los pagos de las pérdidas establecidas a raíz del siniestro del Volgoneft 139 y le impartió instrucciones para que continuase intentando resolver las tres cuestiones pendientes, a saber: el pago por el asegurador de hasta 3 millones DEG, una solución al ‘déficit de seguro’ y la presentación de los informes pendientes sobre hidrocarburos.

Categorías: Aplicación de los Convenios, Pagos de indemnización
Subjects: Implantación de los Convenios en la legislación nacional, Autorización para resolver reclamaciones