Decisión nº: 003661

En octubre de 2009, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 consideró el método que se usaría para evaluar las reclamaciones a pequeña escala no relacionadas con la pesca. El Comité tomó nota de que, basándose en el asesoramiento de los expertos del Fondo, la Secretaría del Fondo creía que muchos pequeños negocios ubicados en las zonas afectadas por la contaminación causada por el siniestro, en su mayoría, edificios ocupados por propietarios con habitaciones que se alquilaban a huéspedes (denominados ‘minbaks’), habían sufrido pérdidas a consecuencia de la contaminación, aunque no podían probarlas. Se señaló que, en la República de Corea, a todos los pequeños negocios que generaban menos de KRW 24 millones por año no se les exigía declarar los ingresos a efectos del IVA ni llevar cuentas, y en consecuencia, la mayoría no mantenía registros de ingresos ni gastos, o estos registros eran muy limitados. Se observó que el examen de las reclamaciones del sector del turismo había permitido a los expertos crear un registro de reclamaciones con información fiable, el cual incluía 274 reclamaciones relacionadas con el alojamiento, que dicho registro contenía información recopilada a partir del análisis de registros comerciales independientes y verificables, que la información incluía 241 habitaciones de minbaks y que se seguiría ampliando dicho registro a medida que se examinasen nuevas reclamaciones. El Comité tomó nota de que los expertos del Fondo habían desarrollado una metodología para evaluar las reclamaciones de pequeños negocios no relacionadas con el sector de la pesca sobre la base de entrevistas con cada uno de los demandantes, a fin de examinar las instalaciones ofrecidas y la pauta comercial del negocio. Se hizo observar que, al examinar dichas reclamaciones, se tendrían en cuenta varios factores que afectaban al rendimiento de la gestión de un alojamiento, a saber: la ubicación, la apariencia exterior, la calidad del producto, el precio y la capacidad, y que se compararía la información obtenida con el nivel medio de ingresos por minbak en la zona afectada, calculado sobre la base de los datos obtenidos a partir de una base de datos de calidad. Se hizo observar asimismo que, en opinión del Director, dado que persistían incertidumbres inherentes a la metodología, en particular en lo referente a la magnitud de la base de datos utilizados como referencia, este enfoque solo podría utilizarse caso por caso, y tras haber establecido un contacto directo con el demandante e inspeccionado su negocio, a fin de garantizar que las reclamaciones legítimas fueran objeto de una indemnización justa y equitativa. El Comité señaló que el Director tenía intención de aplicar esta metodología con carácter experimental, al objeto de adquirir experiencia y ampliar el conjunto de datos fiables, y que después de eso determinaría si la metodología se podría considerar un método suficientemente fiable para evaluar las pérdidas sufridas por pequeños negocios similares en los que la información era escasa o inexistente. El Comité Ejecutivo respaldó la intención del Director de evaluar las reclamaciones de pequeños negocios basándose en la metodología propuesta y aplicar esta metodología con carácter experimental. El Comité decidió dar a la Secretaría suficiente tiempo para llevar a cabo la evaluación experimental de las reclamaciones y encargó al Director que le comunicara los resultados.

Fecha: 30.09.2009
Categoría: Pérdida puramente económica (turismo)
Subjects: Evaluación de la cuantía, Reclamaciones de turismo sin justificantes de pérdidas