Decisión nº: 003575

En octubre de 2008, la Asamblea del Fondo Complementario decidió enmendar el artículo 7.13 del Reglamento interior a efectos de que el Asesor Técnico/Responsable de Reclamaciones tuviese autorización para alcanzar acuerdos finales o parciales sobre las reclamaciones, o efectuar pagos provisionales que no excediesen de £500 000 para una reclamación determinada.

Fecha: 30.09.2008
Categorías: Cuestiones administrativas, Reglamentos
Subjects: Reglamento interior, Reglamento interior