Decisión nº: 003559

En junio de 2009, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de una decisión dictada en el mismo mes por el Tribunal de Apelación de los Estados Unidos en Nueva York en una acción judicial entablada por el Estado español contra la American Bureau of Shipping (ABS), la sociedad de clasificación del Prestige, solicitando indemnización por todos los daños causados por el siniestro. Se recordó que el Tribunal Federal de Primera Instancia de Nueva York, en una decisión pronunciada en enero de 2008, había considerado que la ABS estaba comprendida en la categoría de ‘otras personas’ que prestan servicios para el buque conforme al artículo III.4 b) del Convenio de Responsabilidad Civil de 1992 y había hallado que, conforme al artículo IX del Convenio, España solamente podía hacer reclamaciones contra la ABS en sus propios tribunales y, por estas razones, el tribunal había desestimado la reclamación del Estado español. El Comité Ejecutivo tomó nota de que el Tribunal de Apelación había revocado tanto el sobreseimiento de la causa de España como el sobreseimiento de las contrademandas de la ABS, las cuales, según había mantenido el Tribunal de Primera Instancia, no quedaban comprendidas en ninguna excepción de la Ley de inmunidades soberanas extranjeras. Se tomó nota asimismo de que el Tribunal de Apelación había dado al Tribunal de Primera Instancia orientaciones explícitas en cuanto a los aspectos que precisaban examen.

Fecha: 31.05.2009
Categorías: Aplicación de los Convenios, Acciones judiciales
Subjects: Disposiciones de encauzamiento contempladas en el artículo III.4 de los Convenios de Responsabilidad Civil de 1969 y de 1992, Cuestiones jurisdiccionales, Sentencias respecto a las disposiciones de encauzamiento contempladas en el artículo III.4 b) del Convenio de Responsabilidad Civil de 1992, Cuestiones jurisdiccionales, Acciones judiciales contra terceros