Decisión nº: 003459

En octubre de 2008, la Asamblea del Fondo de 1992 expresó su seria inquietud respecto al número de Estados Miembros del Fondo de 1992 que no habían cumplido sus obligaciones de presentar informes sobre los hidrocarburos, ya que la presentación de estos informes era crucial para el funcionamiento de los FIDAC. La Asamblea encargó también al Director que continuase informándole sobre esta cuestión en cada sesión ordinaria. También encargó al Director que prosiguiera sus esfuerzos para obtener los informes pendientes sobre hidrocarburos e instó a todas las delegaciones a cooperar con la Secretaría para cerciorarse de que los Estados cumpliesen sus obligaciones a este respecto. La Asamblea adoptó una decisión de política, propuesta por el Órgano de Auditoría, en el sentido de que cuando un Estado se hubiese atrasado en la presentación de dos o más de sus informes sobre hidrocarburos, toda reclamación que presentase la administración de dicho Estado o una autoridad pública que trabajara directamente en las operaciones de lucha y recuperación del siniestro de contaminación en nombre de dicho Estado, sería evaluada a efectos de admisibilidad, quedando aplazado su pago hasta que se subsanase la deficiencia de notificación. Se decidió también que, tras un periodo de gracia de 90 días, la decisión de política se aplicaría a todas las reclamaciones en los Estados Miembros con informes pendientes sobre hidrocarburos. La Asamblea encargó al Director que preparase una circular sobre la decisión de política, junto con información de fondo apropiada, y la distribuyese entre todos los Estados Miembros. Se le encargó además que diese a conocer la decisión de política a los Estados Miembros por todos los medios apropiados.

Fecha: 30.09.2008
Categoría: Cuestiones administrativas
Subject: Informes sobre recepción de hidrocarburos sujetos a contribución