Decisión nº: 003046

En marzo de 2005, la Asamblea del Fondo de 1992 adoptó enmiendas al Reglamento financiero, incluida una enmienda al artículo 10.4 c) en el sentido de que la inversión máxima del Fondo de 1992 en un banco o sociedad de préstamo no sobrepasaría normalmente el 25 % de ese capital o £10 millones si esta cifra era superior; algunas de estas enmiendas fueron necesarias a raíz de la constitución del Fondo Complementario, mientras que otras se introdujeron a fin de reforzar el control interno o a la luz de la experiencia. Se encargó al Director que introdujese las enmiendas necesarias al Reglamento para que el texto no fuera discriminatorio con respecto al género.

Fecha: 01.03.2005
Categorías: Cuestiones administrativas, Reglamentos
Subjects: Reglamento financiero, Reglamento financiero