Decisión nº: 003023

En marzo de 2005, la Asamblea del Fondo Complementario aprobó el Reglamento financiero, a reserva de una enmienda al artículo 10.4 c) en el sentido de que la inversión máxima del Fondo Complementario en un banco o sociedad de préstamo no sobrepasaría normalmente el 25 % de ese capital o £10 millones, si esta cifra fuese superior. Se encargó al Director que introdujese las enmiendas necesarias al Reglamento para que el texto no fuera discriminatorio con respecto al género.

Fecha: 01.03.2005
Categorías: Cuestiones administrativas, Reglamentos
Subjects: Reglamento financiero, Reglamento financiero