Decisión nº: 002945

En mayo de 2004, la Asamblea del Fondo de 1992 consideró que el artículo 5 del Reglamento interior de la Asamblea del Fondo Complementario, que estaba relacionado con las invitaciones a las organizaciones intergubernamentales e internacionales no gubernamentales como observadores a las sesiones de la Asamblea, debería ser, mutatis mutandis, idéntico al artículo correspondiente de la Asamblea del Fondo de 1992. Se acordó que las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones internacionales no gubernamentales a las que se hubiese concedido carácter de observador en el Fondo de 1992 debían tener automáticamente carácter de observador en el Fondo Complementario, a menos que la Asamblea del Fondo Complementario decidiese otra cosa con respecto a una organización concreta.

Fecha: 30.04.2004
Categorías: Cuestiones relativas al procedimiento, Reglamentos
Subjects: Admisión de observadores, Reglamento interior, Reglamento interior