Decisión nº: 001645

En marzo de 2005, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que, en noviembre de 2004, el Tribunal de Comercio de Vannes había dictado sentencia respecto a una reclamación por pérdida de beneficios de una empresa al por mayor que funcionaba en varias localidades de Bretaña y que suministraba bebidas embotelladas a cafés, hoteles y campings (pero no de venta directa a los turistas). Se señaló que el Fondo había rechazado la reclamación porque se trataba de una reclamación de turismo ‘de segundo grado’. Se tomó nota de que el tribunal había confirmado la postura del Fondo, manifestando que el demandante no había demostrado que la reducción del volumen de negocios se debía a la contaminación derivada del siniestro. Se señaló que el demandante había apelado contra la sentencia.

Categoría: Pérdida puramente económica (turismo)
Subjects: Criterios de admisibilidad, Relación de causalidad entre la pérdida y la contaminación