Decisión nº: 001435

En febrero de 2003, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992, recordando que en junio de 2002 la República Federal de Alemania había entablado una acción judicial contra el Fondo de 1992 a fin de impedir que caducara su reclamación contra el Fondo al expirar el plazo de seis años a partir de la fecha del siniestro, tomó nota de que en noviembre de 2002 el tribunal había accedido a la solicitud del Fondo de que suspendiera el proceso respecto a esta acción, en espera del resultado de la acción de la República Federal de Alemania contra el propietario del buque/asegurador.

Fecha: 01.02.2003
Categorías: Aplicación de los Convenios, Acciones judiciales
Subjects: Aplicabilidad del Convenio del Fondo de 1992 a los daños debidos a la contaminación causada por derrames procedentes de fuentes no identificadas, Acción directa contra los aseguradores, Acciones judiciales contra los propietarios de buques