Decisión nº: 001433
En febrero de 2003, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 decidió que, en vista de las incertidumbres que quedaban en cuanto al nivel de las reclamaciones derivadas del siniestro, el nivel de los pagos del Fondo de 1992 se mantuviese en el 80 % de la cuantía de los daños realmente sufridos por los respectivos demandantes, pero que el Director fuese autorizado a incrementar el nivel hasta el 100 % cuando considerase seguro hacerlo.