Decisión nº: 001367

En julio de 2002, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que, en su 8ª sesión, el Consejo Administrativo del Fondo de 1971 había decidido que la conversión de la cuantía pagadera por el Fondo de 1971 respecto al siniestro del Nakhodka se debería hacer empleando el tipo de cambio entre el DEG y el yen japonés el 19 de febrero de 1997, fecha en que el Comité Ejecutivo del Fondo de 1971 había aprobado el Acta de las Decisiones de la sesión en la que el Comité autorizó al Director a alcanzar acuerdos finales sobre las reclamaciones.

Fecha: 30.06.2002
Categoría: Límites financieros, procedimiento de limitación e indemnización
Subject: Cuantía máxima global pagadera en virtud de los Convenios de conformidad con el artículo 4.4 de los Convenios de los Fondos de 1971 y de 1992