Decisión nº: 001302

En mayo de 2002, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 y el Consejo Administrativo del Fondo de 1971 examinaron la admisibilidad de las reclamaciones de los costes asociados a la construcción y la retirada de una calzada de 175 metros de la costa que llegaba hasta la sección de la proa hundida para facilitar la extracción de los hidrocarburos utilizando camiones cisterna. El Comité Ejecutivo y el Consejo Administrativo convinieron en que el grave riesgo de contaminación de la sección de proa justificaba la decisión de las autoridades japonesas de comenzar la construcción de la calzada, pero que la decisión debería haberse reevaluado en vista de las dificultades arrostradas a consecuencia del tiempo adverso, que provocó que las secciones de la calzada fueran arrastradas por el mar en tres ocasiones. El Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 y el Consejo Administrativo del Fondo de 1971 decidieron aprobar los gastos correspondientes a los costes estimados de construcción de la calzada hasta el momento en que, en opinión de los expertos del Fondo, las obras de construcción debían haberse terminado, así como los costes de remoción posteriores.

Fecha: 31.03.2002
Categoría: Medidas preventivas
Subjects: Criterios de admisibilidad, Operaciones de salvamento con medidas preventivas, Reclamaciones específicas consideradas por los órganos rectores