Decisión nº: 001257

En octubre de 2001, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 señaló que el Director había mantenido conversaciones oficiosas con el asegurador del Kuzbass respecto a las pruebas que relacionaban este buque con la contaminación de la costa alemana, pero que el asegurador seguía afirmando que el buque no era el culpable. El Comité acordó que, por consiguiente, las cuestiones relacionadas con la responsabilidad tendrían que ser resueltas por los tribunales alemanes.

Fecha: 30.09.2001
Categoría: Aplicación de los Convenios
Subject: Interpretación de 'haber tomado todas las medidas razonables' para obtener indemnización en el artículo 4.1 b) de los Convenios de Responsabilidad Civil de 1969 y de 1992