Decisión nº: 001074

En octubre de 1999, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1971 y el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992, teniendo en cuenta la incertidumbre constante en cuanto al nivel total de la cuantía de las reclamaciones derivadas del siniestro, decidieron mantener el nivel de los pagos del Fondo de 1971 y del Fondo de 1992 en el 60 % de la cuantía de las pérdidas de hecho sufridas por los respectivos demandantes. Ambos Comités tomaron nota de que el total de los pagos de las reclamaciones alcanzaría en un futuro próximo la cuantía máxima pagadera por el Fondo de 1971 y que entonces comenzaría a efectuar pagos el Fondo de 1992.

Fecha: 30.09.1999
Categoría: Pagos de indemnización
Subject: Nivel de pagos