Decisión nº: 003729

En octubre de 2010, el Consejo Administrativo del Fondo de 1971 examinó las recomendaciones formuladas por el Órgano de Auditoría común relativas al proceso de nombramiento del auditor externo. Entre otras cosas, decidió no respaldar la recomendación del Órgano de Auditoría de que no hubiese convocatorias periódicas automáticas a concurso para el nombramiento del auditor externo de los Fondos salvo en caso de crisis en la relación de auditoría, sino que la relación de auditoría externa se sometiese al examen regular constante del Director y del Órgano de Auditoría.

El Consejo decidió además que tanto el Director como el Órgano de Auditoría debían informar a los órganos rectores cada cierto tiempo sobre esta cuestión y que los Estados Miembros debían utilizar esos informes para supervisar la naturaleza de la relación en curso.

Categorías: Cuestiones administrativas, Cuestiones financieras
Subjects: Auditores externos, nombramiento y actividades, Auditores externos, nombramiento y actividades, Órgano de Auditoría, constitución, elección y actividades