Decisión nº: 002004

En marzo de 2007, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que, en febrero de 2007, el Tribunal de Comercio de Quimper había dictado sentencia respecto a una reclamación del propietario de una compañía que explotaba embarcaciones de vela para turistas por pérdidas entre enero y septiembre de 2000, y entre octubre de 2000 y septiembre de 2001. Se tomó nota de que el Fondo se había puesto de acuerdo sobre las pérdidas entre enero y septiembre de 2000, pero había rechazado la reclamación por pérdidas entre octubre de 2000 y septiembre de 2001, ya que consideraba que el demandante no había sufrido pérdidas económicas. Se tomó nota de que el tribunal, tras manifestar que los criterios de admisibilidad de los Fondos no eran vinculantes para los tribunales nacionales, había hallado que el demandante no había establecido una relación de causalidad entre la pérdida supuesta y la contaminación, ni había demostrado que hubiera sufrido pérdida alguna a consecuencia del siniestro.

Fecha: 01.03.2007
Categoría: Pérdida puramente económica (turismo)
Subject: Pérdidas sufridas por los operadores de transbordadores y otras embarcaciones