Decisión nº: 001974
En marzo de 2006, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 decidió que parte de los costes contraídos por el Estado español en 2003 con respecto a la operación de taponar las fugas de hidrocarburos del pecio y diversas inspecciones y estudios eran admisibles en principio, pero que la reclamación por costes contraídos en 2004 en relación con la extracción de los hidrocarburos del pecio era inadmisible, porque dichos costes eran desproporcionados con respecto a cualesquiera consecuencias potenciales económicas y ambientales de dejar los hidrocarburos en el pecio.