Decisión nº: 001922
En octubre de 2006, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 recordó que el Fondo de 1992 había interpuesto recursos contra el propietario matriculado del Erika, el asegurador de la responsabilidad del buque, el gestor y el fletador por tiempo del Erika, varias empresas del Grupo Total, la sociedad de clasificación RINA y la sociedad de clasificación Bureau Veritas, y que se había notificado que se interrumpía el plazo de caducidad al gerente adjunto del Centre régional opérationnel de surveillance et de sauvetage (CROSS) y a tres oficiales de la Armada francesa. El Comité tomó nota de que, basándose en los informes de las investigaciones sobre la causa del siniestro de la Autoridad Marítima de Malta, la Comisión Permanente de Investigación sobre Accidentes Marítimos de Francia (La Commission Permanente d’enquête sur les évènements de la mer) (CPEM) y el informe del grupo de peritos establecido por el Tribunal de Comercio de Dunquerque, el Fondo de 1992 tenía motivos para proseguir las acciones de recurso por él interpuestas en 2002 contra algunas de las partes, pero no todas las citadas. No obstante, el Comité decidió aplazar su decisión sobre si había de entablar acciones de recurso contra todas o algunas de las partes hasta que concluyera el proceso penal, ya que podrían salir a la luz nuevas pruebas que podrían ser importantes para la decisión del Fondo.