Decisión nº: 001890

En mayo de 2006, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que, en marzo de 2006, el Tribunal de Comercio de Lorient había dictado sentencia respecto a una reclamación presentada por un mayorista de comida congelada por pérdidas supuestamente sufridas a consecuencia del siniestro, que había sido rechazada por el Fondo porque, al tratarse de una reclamación de turismo de segundo grado, no había habido una relación de causalidad suficiente entre la pérdida supuesta y la contaminación. Se observó que el tribunal había afirmado que no estaba vinculado por los criterios de admisibilidad del Fondo y que, como no se habían probado los hechos, había decidido nombrar un perito judicial para determinar la cuantía de las pérdidas y si estas habían sido resultado directo del siniestro.

Categoría: Acciones judiciales
Subject: Sentencias respecto de reclamaciones por pérdidas puramente económicas