Decisión nº: 001742
En octubre de 2005, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que, en junio de 2005, el Tribunal de Comercio de Rennes había dictado sentencia respecto a una reclamación por pérdida de beneficios en 2000 y 2001 de dos actividades comerciales, a saber, alquiler de propiedades amuebladas a turistas y explotación de una crepería. Se señaló que el Fondo había evaluado la reclamación para el año 2000 en una cuantía inferior a la reclamada, y había rechazado la reclamación de 2001 porque el siniestro no había tenido un impacto negativo en el turismo de la zona en ese año y, por tanto, no existía una relación de causalidad entre la pérdida supuestamente sufrida en 2001 y el siniestro. El Comité tomó nota de que el tribunal había concordado con la evaluación del Fondo de las pérdidas en 2000, pero había considerado que, si bien la cuantía reclamada para 2001 parecía exagerada, no era irrazonable considerar que el efecto psicológico de la contaminación causada por el siniestro del Erika pudiera haber influido en la temporada turística de 2001. Se señaló, sin embargo, que el tribunal no tenía suficiente información para poder evaluar la cuantía de las pérdidas en 2001 y había pedido a los expertos del Fondo que hicieran tal evaluación en lo que se refiere a ambas actividades comerciales.