Decisión nº: 001647
En marzo de 2005, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 tomó nota de que, en noviembre de 2004, el Tribunal de Comercio de Vannes había dictado sentencia respecto a una reclamación por pérdida de beneficios y por perjuicios morales (relacionados con la tensión nerviosa) del propietario de un almacén de ultramarinos situado a 200 metros de la costa, en el Departamento de Morbihan. Se señaló que el Fondo había aceptado que la reclamación por pérdida de beneficios era admisible en principio, pero por una cuantía considerablemente inferior a la reclamada, y había rechazado la reclamación por perjuicios morales, ya que tales reclamaciones no son admisibles en virtud de los Convenios. El Comité tomó nota de que el tribunal había confirmado la evaluación de la pérdida del volumen de negocios hecha por el Fondo y había concordado en que la reclamación por perjuicios morales quedaba fuera del ámbito de los Convenios.