Decisión nº: 001724

En junio de 2005, el Comité Ejecutivo del Fondo de 1992 decidió encargar al Director que efectuase una estimación provisional lo más precisa posible de la cuantía total de reclamaciones admisibles derivadas del siniestro en cada uno de los tres Estados afectados, y que, basándose en tal estimación, presentase una propuesta al Comité sobre un reparto provisional, entre aquellos Estados, de la cuantía máxima pagadera por el Fondo de 1992 para permitir al Comité adoptar una decisión sobre dicho reparto y si se podía aumentar el nivel de pagos del Fondo, y, en caso afirmativo, qué nivel de pagos debería ser, a reserva de las garantías facilitadas para protegerse de un exceso de pago.

Fecha: 31.05.2005
Categoría: Pagos de indemnización
Subject: Nivel de pagos